Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

Declaración de la Renta 2025: cuándo influye la compra de un coche y quién puede aplicar deducciones

La campaña para presentar la declaración de la Renta 2025 arranca el 8 de abril y finaliza el 30 de junio. Compradores de vehículos eléctricos, híbridos enchufables o autónomos que usan el coche para su actividad pueden beneficiarse de deducciones en el IRPF.

Deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico

Quienes hayan adquirido en 2025 un vehículo eléctrico, de autonomía extendida, de pila de combustible o un híbrido enchufable pueden beneficiarse de una deducción del 15% en el IRPF, con un máximo de 3.000 euros sobre una base máxima de 20.000 euros.

Además, la normativa contempla también una deducción del 15% por la instalación de un punto de recarga en el domicilio, con un límite de 4.000 euros.

Esta deducción se aplica solo si el coche es nuevo y no incluye vehículos usados ni de KM 0, ya que estos últimos se consideran usados a efectos fiscales.

Beneficios fiscales para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad, tanto si son conductoras como si tienen a su cargo un familiar con discapacidad, pueden desgravar el 50% del IVA. En estos casos el IVA que se paga al adquirir el vehículo es del 4% en lugar del 21%.

Desgravaciones para autónomos

Los profesionales autónomos que utilicen el coche para trabajar pueden desgravar el 50% del IVA y de las cuotas pagadas durante el año, tanto si el vehículo se adquiere en propiedad como si se utiliza mediante renting.

En algunos casos, como taxistas, transportistas, representantes comerciales o profesores de autoescuela, la deducción del IVA puede llegar al 100%, siempre que el vehículo esté matriculado a nombre del autónomo.

Además, pueden deducirse gastos de mantenimiento y hasta el 50% del combustible, porcentaje que también puede alcanzar el 100% en determinadas actividades profesionales como el transporte o el taxi.

«Es clave distinguir entre ayudas y beneficios fiscales: mientras el Plan Moves III tributa como ganancia, la deducción del 15% del IRPF permite recuperar hasta 3.000 euros por un coche eléctrico, siempre que sea nuevo y no un KM0», señala Joan Dalmau, experto en automoción de coches.net.

Plan Moves III y Programa Auto+

Las ayudas del Plan Moves III deben declararse a Hacienda como ganancia patrimonial y, por lo tanto, están sujetas a gravamen. Estas cantidades ingresadas incrementarán la base imponible que tributará en función de los tramos del impuesto. Si la ayuda está concedida pero pendiente de cobro, deberá incluirse en la declaración del ejercicio en el que se perciba.

El descuento CAE de hasta 1.000 euros para coches eficientes no tiene impacto en la declaración.

En el caso del Programa Auto+, como no estaba activo durante el ejercicio fiscal de 2025, no tiene ningún efecto en la declaración de la renta de este año.

¿Tengo que declarar a Hacienda mi coche de empresa?

En el caso de los coches de empresa, si el trabajador puede utilizarlos también para fines personales, Hacienda lo considera una retribución en especie, valorada generalmente en el 20% anual del coste de adquisición del vehículo o de su valor de mercado. Si el coche es propiedad de un tercero, como ocurre en los contratos de renting, ese 20% se calcula sobre el valor de mercado que tendría el vehículo como nuevo. Para los vehículos energéticamente eficientes, esta valoración puede reducirse entre un 15% y un 30% según sus características.

Resumen clave Renta 2025 y automoción

  • Deducción IRPF (Coche Eléctrico): 15% de la compra (máximo 3.000 € de ahorro). Solo para coches nuevos (excluidos KM 0).
  • Punto de recarga: Deducción del 15% en la instalación (máximo 4.000 €).
  • Plan Moves III: Debe declararse como ganancia patrimonial.
  • Descuento CAE: Ayuda directa en concesionario. No tributa en la Renta.
  • Autónomos: Pueden deducir el 50% del IVA (hasta el 100% en profesiones específicas como taxistas, transportistas, representantes comerciales o profesores de autoescuela).
  • Discapacidad: Desgravación del 50% del IVA (IVA del 4%).
PYMES Magazine

PYMES Magazine es una revista digital especializada en dar voz a las pequeñas y medianas empresas, autónomos y emprendedores de Sevilla y Málaga. Desde su fundación, el equipo ha trabajado con un propósito claro: ofrecer información útil, actual y cercana que impulse el crecimiento de los negocios locales y fomente el emprendimiento. Cada edición en formato interactivo combina actualidad, entrevistas, reportajes y recursos prácticos para empresarios y autónomos, convirtiéndose en una herramienta de inspiración y apoyo. Con un equipo multidisciplinar de periodistas, comunicadores y especialistas en marketing, PYMES Magazine se consolida como un medio que conecta, visibiliza y empodera al tejido empresarial andaluz, con la ambición de crecer hasta convertirse en referente nacional.

[sibwp_form id=1]
Best Choice for Creatives
Purchase Now