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La importancia de las cláusulas penales en los contratos mercantiles como garantía de cumplimiento

En el ámbito empresarial, la celebración de contratos constituye el pilar fundamental sobre el que se asientan las relaciones jurídicas y económicas. No obstante, el incumplimiento de las obligaciones pactadas es una realidad que puede generar graves perjuicios a la parte cumplidora. Para anticipar y mitigar estas consecuencias, el Código Civil español, en sus artículos 1152 y siguientes, regula la figura de la cláusula penal, ampliamente utilizada en los contratos mercantiles.

La cláusula penal consiste en la previsión contractual mediante la cual las partes acuerdan que, en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso, el deudor deberá abonar a la otra parte una cantidad previamente fijada, sin necesidad de acreditar los daños y perjuicios efectivamente sufridos. De esta manera, se convierte en un instrumento de garantía y, al mismo tiempo, de presión psicológica para incentivar el cumplimiento.

Su eficacia práctica es indiscutible. Para un empresario que contrata servicios, arrienda un local o acuerda una compraventa mercantil, la existencia de una cláusula penal le otorga seguridad frente a la incertidumbre de un eventual pleito. El acreedor no tendrá que acreditar en juicio los daños derivados del incumplimiento, bastando con demostrar que este ha tenido lugar para exigir la penalización.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha confirmado reiteradamente que la cláusula penal cumple una doble función: resarcitoria y coercitiva. No obstante, también ha establecido límites. Así, el artículo 1154 del Código Civil faculta al juez para moderar la pena si la obligación principal se hubiera cumplido parcialmente o si la penalidad resulta desproporcionada. Ello significa que, si bien constituye un mecanismo de protección, no puede convertirse en un enriquecimiento injusto para la parte beneficiada.

Desde un punto de vista práctico, se recomienda a empresarios y emprendedores que incluyan cláusulas penales bien diseñadas en sus contratos. Deben ser claras, proporcionadas y adaptadas a la relevancia de la obligación que se pretende asegurar. Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento de local de negocio, puede establecerse una penalización diaria en caso de retraso en la entrega del inmueble; en un contrato de prestación de servicios, una cantidad fija por incumplimiento de plazos esenciales.

En definitiva, la cláusula penal se revela como una herramienta preventiva de gran valor en las relaciones mercantiles, capaz de reducir la litigiosidad y de reforzar la confianza entre las partes. Incorporarla adecuadamente en los contratos constituye una práctica recomendable para quienes desean blindar sus negocios frente a riesgos de incumplimiento. En MGR abogados estamos a tu disposición para protegerte eficazmente. 

José Antonio Molina Garrido

Abogado en ejercicio desde 2.003, cotitular del despacho MGR abogados desde el año 2.011. Licenciado universitario en la Universidad Complutense , habiendo cursado los estudios en el Centro Universitario San Pablo Ceu en Madrid. Master en Viabilidad Empresarial en Concurso de Acreedores impartido por la Universidad de Málaga, año 2.009.Curso de Mediación impartido por la Cámara de Comercio año 2008. Formación continua en el Colegio de Abogados de Málaga. Especialista en Derecho Civil y Mercantil.

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