Seguridad vial y consumo de alcohol: claves para unas Navidades responsables

Ya si es Diciembre y se acercan las comidas de Navidad con fiestas varias. Muchas de compromisos laborales y otras tantas familiares o sociales. En todas ellas el alcohol es uno de los grandes protagonistas pues se trata un ¨must have ¨en todos nuestros eventos sociales. Sin embargo, hemos de ser consciente de la responsabilidad que la ingesta de estos caldos y espirituosas conllevan, a todos los niveles siendo la integridad física la mas relevante, la nuestra y la de los demás.

La seguridad vial se pone en jaque en estas fechas con la conducción irresponsable al regresar de las consabidas comidas o cenas navideñas, y es la DGT la encargada de velar por la seguridad en los traslados la que nos advierte y recomiendan el uso del transporte público.

En España, la tasa de alcoholemia está regulada a través del Reglamento General de Circulación. Según esta norma, los conductores de vehículos o bicicletas no pueden circular con una tasa de alcohol en sangre que supere los 0,5 gramos por litro, o los 0,25 miligramos de alcohol por litro en aire respirado. Hasta aquí son sanciones administrativas que conllevan multas.

 Sin embargo, y según el artículo 370 del Código Penal, se considera un delito contra la seguridad vial, conducir con una tasa de alcohol en aire espirado que supere los 0,60 miligramos por litro, o 1,2 gramos por litro.

Para estas conductas se prevé una pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 90 días. En todo caso, se privará del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a 1 año y hasta 4 años.

Así las cosas, la Comisión de Interior del Senado aprobó en el mes de noviembre una nueva iniciativa por la que se insta al Gobierno a que se proceda a las modificaciones normativas oportunas de cara a la reducción de la tasa de alcoholemia a 0,2 gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o 0,10 miligramos de aire espirado para el conjunto de los conductores y que entrará en vigor con la publicación en el BOE del real decreto de modificación del reglamento, se espera para el próximo año 2025. La rebaja a 0,10 miligramos por litro de aire espirado supone prácticamente la ingesta de cero alcohol, aunque ha provocado las críticas de los que defienden que la tasa quede regulada en el 0,00 miligramos. En definitiva, no se podrá beber nada absolutamente ante el volante.

Por lo tanto, ¨TOLERANCIA CERO ¨con el conductor irresponsable bajo los efectos de la bebida, a fin de tener unas navidades con una tasa negativa de accidentes mortales en carretera por este tipo de imprudencia.

¡Feliz navidad a todos los lectores y sean conscientes en sus fiestas!

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