
Legálitas aclara si es legal acudir a la cena de empresa cuando se está de baja médica o baja por maternidad en Navidad
La compañía analiza qué situaciones son compatibles con la baja y recuerda que excluir a una trabajadora en permiso por maternidad puede constituir discriminación.
Legálitas analiza si es legal acudir a la cena de empresa estando de baja médica o en permiso por maternidad. La entidad explica que la normativa no prohíbe expresamente asistir, pero debe ser compatible con la causa de la baja. Además, advierte que excluir a una persona trabajadora en suspensión del contrato por nacimiento o adopción podría considerarse trato discriminatorio.
Legálitas responde a una de las dudas habituales de la Navidad: ¿puede un trabajador acudir a la cena de empresa si está de baja?
Con la llegada de la Navidad también surgen las tradicionales cestas y comidas o cenas de empresa. Estas celebraciones suelen fortalecer las relaciones laborales, pero generan dudas en casos de baja médica o permisos por maternidad. Legálitas analiza qué puede hacer un trabajador en estas situaciones y qué riesgos legales existen para las empresas.
Asistencia a la cena de empresa durante una baja médica: depende del caso
La normativa española no establece una lista concreta de actividades permitidas o prohibidas mientras se está de baja médica. La regla general es que el trabajador debe respetar las limitaciones indicadas por su médico y cumplir las recomendaciones vinculadas a la incapacidad temporal.
Legálitas recuerda que acudir a la cena de empresa no está expresamente prohibido. Sin embargo, debe ser compatible con la patología o causa de la baja. Si la asistencia contradice las indicaciones médicas, podría interpretarse como una conducta contraria a la buena fe contractual y dar lugar a sanciones. Los tribunales valorarían cada caso según la naturaleza de la baja y el comportamiento del trabajador.
También debe tenerse en cuenta cómo se ha comunicado la celebración y si la persona trabajadora ha manifestado no querer recibir notificaciones. El análisis siempre debe realizarse caso por caso.
Baja por maternidad: excluir de la cena de empresa puede ser discriminatorio
La normativa protege con especial rigor la suspensión del contrato por nacimiento, adopción o acogimiento de hijo. La ley prohíbe cualquier trato que pueda interpretarse como discriminación por embarazo o maternidad.
Por ello, excluir a una trabajadora en baja por maternidad de un acto social, como la cena de Navidad, podría constituir un trato discriminatorio salvo que exista una justificación objetiva y no discriminatoria. La invitación debe dirigirse también a quienes están en esta situación, dejando la decisión final en manos de cada persona.
¿Y qué ocurre con la cesta de Navidad durante la baja?
La cesta de Navidad se considera un obsequio empresarial que habitualmente se entrega a toda la plantilla. Negar este detalle a quienes estén en situación de incapacidad temporal o permiso por maternidad podría interpretarse como discriminatorio o como un agravio comparativo, ya que su reparto suele dirigirse a todos los trabajadores independientemente de su situación.
